¿Qué temperatura debo adoptar en mi local?

A raíz de la publicación del Real Decreto-Ley 14/2022, Plan de ahorro y gestión energética en climatización para reducir el consumo, han surgido dudas al respeto, por lo que desde PREVIS le informamos: 

Normativa de referencia:

  • Real Decreto-Ley 14/2022, Plan de ahorro y gestión energética en climatización para reducir el consumo
  • Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo
  • Determinación del metabolismo energético

Temperaturas recomendadas en los centros de trabajo

  • La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares, se recomienda una temperatura ambiente de aproximadamente 27 º C.
  • La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros (ejemplo: bares, restaurantes, etc.)  se recomienda una temperatura ambiente de aproximadamente 25 º C.
  • No tendrán que cumplir dichas limitaciones de temperatura aquellos recintos que justifiquen la necesidad de mantener condiciones ambientales especiales o dispongan de una normativa específica que así lo establezca. 

En el caso de precisar un estudio o informe específico de su empresa o centro de trabajo, rogamos contacten con su técnico en PRL de PREVIS. 

Recuerde seguir los Consejos para prevenir un golpe de calor en el trabajo disponibles en nuestra web 

Gracias por seguir confiando en PREVIS.