Los Planes de trabajo con riesgo de Amianto, se enmarcan en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 11 del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, y que establece que antes del comienzo de cada trabajo con riesgo de exposición al mismo (trabajos de retirada de cubiertas de fibrocemento, retirada o mantenimiento de bajantes en instalaciones antiguas, trabajos en redes de agua potable, trabajos en industria náutica con retirada de calorifugados antiguos, etc.) es requerida su elaboración, registro y aprobación por la Autoridad Laboral.
PREVIS cuenta con experiencia dilatada en la elaboración de estos Planes, que complementa con la realización de las mediciones personales y ambientales que puedan ser requeridas conforme se establezca, gestionando con la Autoridad Laboral el registro y aprobación del Plan.