Planes de trabajo con riesgo de amianto

Los Planes de trabajo con riesgo de Amianto, se enmarcan en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 11 del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, y que establece que antes del comienzo de cada trabajo con riesgo de exposición al mismo (trabajos de retirada de cubiertas de fibrocemento, retirada o mantenimiento de bajantes en instalaciones antiguas, trabajos en redes de agua potable, trabajos en industria náutica con retirada de calorifugados antiguos, etc.) es requerida su elaboración, registro y aprobación por la Autoridad Laboral.

PREVIS cuenta con experiencia dilatada en la elaboración de estos Planes, que complementa con la realización de las mediciones personales y ambientales que puedan ser requeridas conforme se establezca, gestionando con la Autoridad Laboral el registro y aprobación del Plan.