Planes de autoprotección

PREVIS te aporta su experiencia en la elaboración de Planes de Autoprotección para el cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 393/2007 (Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia), así como de la normativa autonómica de aplicación.

El plan de autoprotección tiene la finalidad de constituir una guía para el desarrollo de un sistema de autoprotección dotado con los recursos propios que dispone el edificio para prevenir acciones potenciales de riesgo, la adopción de medidas preventivas y la integración de actuaciones ante las emergencias resultantes de su actividad.

Tiene como objetivo establecer los criterios esenciales para la regulación de la autoprotección, para la definición de las actividades a las que obliga, y para la elaboración, implantación material efectiva, y mantenimiento de su eficacia y vigencia.

En este documento se establecen las pautas a seguir por las personas trabajadoras y usuarias de las instalaciones, para que en caso de un suceso catastrófico se apliquen los protocolos para la evacuación y protección de las personas, del centro, así como una intervención inmediata y coordinada de los medios disponibles para combatirlo, minimizando todo lo posible sus consecuencias, y como último recurso, preparar la posible intervención de medios exteriores (Bomberos, Ambulancias, Protección Civil, Policía, etc.).

En aquellos casos en los que no sea preceptiva la elaboración del Plan de Autoprotección, pero la entidad de la actividad lo requiera, PREVIS puede elaborar los denominados Planes de Emergencia.