Defensor del cliente de Seguros

La existencia del Servicio de Atención al Cliente en las entidades aseguradoras es obligatoria desde la Orden del Ministerio de Economía ECO/734/2004, de fecha 11 de marzo de 2004. Puede acceder al Reglamento del Servicio de Atención al Cliente

QUIÉN PUEDE PRESENTAR RECLAMACIONES

Cualquier persona física o jurídica que tenga la condición de tomador de un seguro con la Mutualidad, de asegurado o de beneficiario de este seguro.

QUÉ SE PUEDE RECLAMAR

Se puede reclamar que la Mutualidad reconozca un derecho del reclamante o realice una actuación a la cual pueda estar obligada, siempre que estos derechos u obligaciones hagan referencia a su actividad aseguradora.

CON QUÉ PLAZO MÁXIMO SE PUEDEN PRESENTAR LAS RECLAMACIONES

El plazo máximo para la presentación de las reclamaciones será de dos años, a contar desde que el reclamante tuvo conocimiento de los hechos causantes de la queja o reclamación.

CÓMO SE HAN DE PRESENTAR LAS QUEJAS, SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES

Se debe rellenar y presentar a la Mutualidad la Hoja de Quejas y Reclamaciones (PDF). La presentación se podrá realizar directamente en papel o bien a través de medios informáticos, electrónicos o telemáticos, siempre que estos permitan la lectura, impresión y conservación de los documentos, y cumplan los requisitos previstos por la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Para tal cometido puede utilizarse la dirección de correo electrónico sacseguros@previs.es.

CUÁNDO SE ADMITIRÁ A TRÁMITE LA RECLAMACIÓN

Siempre que se reúnan los requisitos establecidos anteriormente indicados.

Son motivos de no admisión, entre otros:

  • La presentación de la queja fuera de plazo,
  • La presentación de una queja por parte de una persona no legitimada para hacerlo,
  • La presentación de una queja que reitere otras anteriores resueltas, presentadas por el mismo cliente y los mismos hechos.
  • Cuando se pretendan tramitar como queja o reclamación, recursos o acciones distintos cuyo conocimiento sea competencia de los órganos administrativos, arbítrales o judiciales, o la misma se encuentre pendiente de resolución o litigio o el asunto haya sido ya resuelto en aquellas instancias

OTROS DOCUMENTOS PARA FORMULAR SUGERENCIAS O RECLAMACIONES

Ponemos también a su disposición la Hoja de Sugerencias y de Incidencias (PDF), para que los mutualistas puedan trasladar a la entidad propuestas orientadas a que se tomen medidas o realicen actuaciones en interés del conjunto de asegurados, o planteen cuestiones que no consideren merecedoras de lo que se considera propiamente una queja.